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En la mañana del 11 de mayo de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería las bases reguladoras y el extracto de la convocatoria de las subvenciones para paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de Vera, otorgando liquidez a las empresas y autónomos de la ciudad para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos, por el procedimiento de concurrencia competitiva. 
 
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídicalegalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y siempre que cumplan los requisitos establecidos en el apartado Primero de las bases reguladoras. 
 
En las bases reguladoras se establecen, dos líneas de ayudas:
 
1.- Se concederá una cantidad fija de 1.000 € para personas físicas y jurídicas con o sin trabajadores a su cargo cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 (estado de alarma). 
 
2.- Se concederá una cuantía fija de 600€ a aquellas personas físicas o jurídicas con o sin trabajadores a su cargo que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos dispuesto en el Real Decreto 463/2020, siempre y cuando hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de, al menos, el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.
 
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP). Con la solicitud se deberá aportar la documentación establecida en el apartado Sexto de las bases reguladoras-
 
Para mayor información, puede acceder a las bases reguladoras en el siguiente enlace: