Estarán obligados a usar este dispositivo los turismos, vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías y autobuses. Su uso es obligatorio y válido en todo el territorio nacional con independencia del organismo autonómico competente, remitiendo la baliza a la DGT, Dirección del Tráfico del Gobierno Vasco y Servei Catalá las coordenadas del vehículo accidentado o averiado, y puede utilizarse fuera del territorio español, ya que se debe cumplir las disposiciones del país donde se encuentre matriculado.
Finalmente, la normativa española reconoce únicamente la baliza V-16 como medio para señalizar vehículos inmovilizados desde el 1 de enero, excluyendo así la obligación de seguir llevando y usando los triángulos y dejar la distancia de 50 metros en el primer triángulo y de 100 metros en el segundo desde el vehículo.