La coordinación de actividades empresariales debe abordarse siempre que exista concurrencia de actividades en un mismo centro de trabajo, por ejemplo, cuando:
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Personas trabajadoras de dos o más empresas diferentes coinciden en el mismo centro de trabajo.
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Personas trabajadoras por cuenta ajena y personas trabajadoras autónomas realizan su actividad en el mismo espacio.
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Una empresa desarrolla su actividad en un centro de trabajo cuya titularidad no le corresponde.
Ejemplos más habituales:
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Subcontratación de actividades: Una empresa contrata a otra para realizar el mantenimiento de su maquinaria en sus instalaciones.
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Trabajos de personas trabajadoras autónomas en instalaciones ajenas: Una persona trabajadora autónoma repara una avería en un centro de trabajo en funcionamiento.
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Servicios externos periódicos: Una empresa contrata vigilancia, limpieza o jardinería que desarrolla su actividad en el mismo centro de trabajo.
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Reformas u obras en un centro de trabajo activo: Se realiza una obra parcial mientras la empresa continúa su actividad habitual.
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Coincidencia de varias empresas en una nave o parque empresarial: Dos empresas comparten espacio logístico y desarrollan actividades simultáneamente.