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El Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, dispone en el apartado 4.4.1.e) del Anexo lo siguiente:

“e) El trabajo deberá planificarse y supervisarse correctamente, de manera que, en caso de emergencia, se pueda socorrer inmediatamente al trabajador.”

Por lo que es de suma importancia  la planificación y supervisión en trabajos temporales en altura, de forma que la evacuación y rescate se realicen correctamente y de forma inmediata.

El INSST ha elaborado una Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de Equipos de Trabajo, donde hace una interpretación técnica del citado apartado de la normativa legal, y ofrece una serie de indicaciones a seguir expresando lo siguiente:

La planificación de los trabajos a realizar con estas técnicas requiere conjugar y armonizar una serie de conocimientos, capacidades y experiencia en cada uno de los siguientes aspectos:”

  • Tipo de trabajo a realizar.
  • Métodos y modalidades de instalación, mantenimiento, utilización, desmontaje y control de los equipos de trabajo apropiados.
  • Técnicas y métodos de autorrescate, que permitan, al trabajador que se valga por sí mismo, participar en el rescate o autorrescatarse, y de rescate, que permitan, con la mayor celeridad, auxiliar, socorrer y, en caso necesario, evacuar a un trabajador que no esté en condiciones de hacerlo por sí mismo.

Además, es de suma importancia a la hora de planificar un trabajo en altura y su plan de rescate, tener en cuenta lo siguiente:

  • Que en el lugar de trabajo haya trabajadores que conozcan y sepan ejecutar las técnicas de evacuación y rescate idóneas para este tipo de trabajos temporales en altura.
  • Que el trabajo se planifique de manera que los trabajadores implicados puedan observarse y comunicarse en todo momento.
  • Se tenga en cuenta las condiciones y características del lugar de trabajo.
  • Los trabajadores, además de tener los conocimientos y habilidades necesarias, dispongan de los medios necesarios específicos para responder a esta exigencia.

El plan de emergencias a ejecutar en trabajos verticales debe adaptarse a las disposiciones legales y técnicas vigentes, y además debe ser específico para cada lugar de trabajo, ya que las condiciones y características de este no siempre serán las mismas.