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La empresa debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral y sanitaria la siguiente documentación:

 

  • Evaluación de riesgos y Plan de prevención.
  • Controles periódicos de las condiciones de trabajo.
  • Formación e información dada a las personas trabajadoras.
  • Aceptación voluntaria de la persona trabajadora a los reconocimientos médicos y el resultado de los mismos.
  • Partes de investigación de accidentes, la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado baja a la persona trabajadora de al menos un día.
  • Documentación de los equipos de trabajo y justificante de entrega a las personas trabajadoras.
  • Plan de emergencia.
  • Auditoría, si procede.
  • La información recibida y suministrada a las empresas que desarrollan sus
    actividades en el mismo centro de trabajo