La empresa debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral y sanitaria la siguiente documentación:
- Evaluación de riesgos y Plan de prevención.
- Controles periódicos de las condiciones de trabajo.
- Formación e información dada a las personas trabajadoras.
- Aceptación voluntaria de la persona trabajadora a los reconocimientos médicos y el resultado de los mismos.
- Partes de investigación de accidentes, la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado baja a la persona trabajadora de al menos un día.
- Documentación de los equipos de trabajo y justificante de entrega a las personas trabajadoras.
- Plan de emergencia.
- Auditoría, si procede.
- La información recibida y suministrada a las empresas que desarrollan sus
actividades en el mismo centro de trabajo