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La designación de la persona encargada de la coordinación es una decisión estratégica. En todos los casos, debe existir una colaboración continua con los recursos preventivos de todas las empresas concurrentes.

¿Quiénes pueden ser designados coordinadores?

  • •Personas trabajadoras designadas por la empresa titular o concurrentes.
  • •Miembros del servicio de prevención propio o ajeno de cualquiera de las empresas.
  • •Personal con conocimientos, cualificación y experiencia contrastada en actividades de coordinación.
  • •Personal directivo o técnico de la empresa titular que, por su posición jerárquica, esté capacitado para liderar la coordinación.
  • •Profesionales de empresas externas especializadas en coordinación de actividades preventivas.

Requisito de Formación:

La persona designada debe contar, como mínimo, con la formación preventiva de nivel intermedio (según el Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención).