La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado sentencia en el recurso de suplicación 1426/2024, en el que se reconoce como accidente laboral la lesión sufrida por un trabajador de la Universidad de Oviedo mientras participaba en un campeonato nacional de fútbol sala.
El trabajador, F.R.C. , ordenanza adscrita al Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo, sufrió una fractura en la meseta tibial derecha el 2 de junio de 2022, mientras disputaba un partido del torneo celebrado en Murcia. Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la mutua Ibermutua calificaron el accidente como no laboral.
En su resolución, el Tribunal considera que la participación en el torneo estaba vinculada a la actividad de la Universidad de Oviedo, que organizó y financió la competición y otorgó una comisión de servicios al trabajador durante los días del evento. A pesar de que la participación en el equipo de fútbol sala era voluntaria, la Sala sostiene que la lesión se produjo en un contexto laboral, cumpliendo la noción de “ocasionalidad relevante” en los términos del artículo 156.2 c) de la Ley General de la Seguridad Social.
El fallo revoca la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo y declara que la incapacidad temporal del trabajador deriva de un accidente laboral, lo que implica que tendrá derecho a las prestaciones económicas correspondientes a una contingencia profesional.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.